¿Qué es el contrato de aprendizaje?
El contrato de aprendizaje es una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral, sin subordinación y por un plazo no mayor a dos (2) años en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario.
¿Qué prácticas no constituyen contrato de aprendizaje?
No constituye contrato de aprendizaje:
• Actividades por convenios en calidad de pasantías como requisito para título.
• Prácticas asistenciales y de servicio social obligatorio (salud) Servicio social obligatorio en 10 y
11 de lectiva secundaria.
• Prácticas en el marco de proyectos de protección social adelantados por el Estado
Acceso al SGVA
http://caprendizaje.sena.edu.co
y se encuentra disponible para los aprendices
SENA que han seleccionado Contrato de aprendizaje
como su modalidad de certificación.
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SENA que han seleccionado Contrato de aprendizaje
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Para ingresar como aprendiz se debe seleccionar el
la opción de “Aprendiz” en las opciones de acceso y estar seguro que la misma está resaltada en
color naranja:
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color naranja: